El problema de diseño de este tipo de instalaciones radica en su elección y su ubicación.

El agente extintor debe ser apropiado a la clase de fuego que vaya a combatir, es decir, a los combustibles y a los riesgos existentes, con fin de que su acción se manifieste como más eficaz.

Su emplazamiento los hará fácilmente visibles y accesibles. Además, deben colocarse próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el fuego, y a ser posible cerca de las salidas de evacuación.

Todos los modelos de extintor deben estar homologados de acuerdo con la normativa UNE existente (UNE 23.110). La clasificación de los mismos se realiza en función del tipo de fuego y su efectividad.

Los conocimientos básicos de utilización de extintores deberán ser proporcionados a todo el personal del establecimiento en que se hallen instalados.

La duración prevista de todos ellos es de 20 años, y es preceptivo efectuar las operaciones de mantenimiento obligatorias. Del mismo modo, es necesario recargarlos totalmente después de cada utilización, aunque que algo de carga en el mismo, dado que ésta podría ser insuficiente para un nuevo incendio, o incluso el la salida podría haber quedado dañada u obstruida.

Las operaciones de mantenimiento están recogidas en el Apéndice 2 del Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (Real Decreto 1942/1993 de 5 de Noviembre).


Extintor de polvo ABC
1 kg., 3 kg., 6 kg., 9kg., 25 kg., 50 kg.


Extintor de Nieve Carbónica (CO2)

2 kg., 5 kg., 10 kg.

Además, disponemos de otros tipos de extintores para usos más específicos. Ante cualquier duda consúltenos para ampliar información.

© 2004 Extintores Galera S.L.            Sistemas contra incendios y seguridad naval                                             credits: inklude.com